Sin duda que las fuerzas armadas de cualquier nación juegan un papel relevante para el establecimiento de la paz social, al igual que brindan seguridad interna y externa dentro un territorio, sin dejar de lado su parte filantrópica, haciéndole frente a calamidades públicas derivadas de acontecimientos de la naturaleza u ocasionados por el hombre como son terremotos, inundaciones, incendios entre muchos otros.
En nuestro país, al menos en las últimas dos décadas, las Fuerzas Armadas conformadas por la Defensa Nacional (Ejército Mexicano) y La Marina han ocupado un lugar más allá de la importante misión jurídica e institucional que tienen, rememoremos que en el periodo presidencial de Felipe Calderón fueron el brazo combatiente al crimen organizado – o al menos, a una parte de este, precisión hecha derivado de la información ventilada en la detención Genaro García Luna, ex Secretario de Seguridad-. Mientras que, en el periodo de Gobierno de Enrique Peña Nieto, las fuerzas armadas ocuparon un papel similar, pero no tan exhaustivo en materia de seguridad.
Sin embargo, en el actual sexenio del Presidente López Obrador, las fuerzas armadas han sido algo más que el brazo derecho presidencial, convirtiéndose en el comodín perfecto del Presidente, que de decreto en decreto – y según la óptica con que se mire- han ido penetrando o desmembrando las instituciones que conforman el poder ejecutivo federal, asumiendo funciones propias de las distintas Secretarías de Estado, lo cual inevitablemente debilita a ciertas Secretarías, máxime que, aunque todas forman parte de un mismo poder ejecutivo, la separación de sus funciones y la exclusividad de estas a cada Secretaría, generan entre sí una forma de equilibrio de poderes de forma horizontal, a fin de que no existan de hecho “Súper- Secretarías” que sometan o condicionen unas a las otras, tal y como así lo pretende regular la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal[1].
Casos concretos de ese debilitamiento institucional y penetración de funciones los encontramos en la adjudicación, desarrollo y administración del aeropuerto “Felipe Ángeles” a la SEDENA[2], al igual que la construcción de 2,700 sucursales del Banco Bienestar en el país también por SEDENA[3], por lo que esta Secretaría de Estado ahora será contratista del gobierno y en lo posterior administrará el referido aeropuerto que debiera estar al mando de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, sin perjuicio de lo riesgoso que puede ser el poner áreas estratégicas de la nación en manos de las fuerzas armadas, como lo hemos visto en los golpes de estado de países latinoamericanos.
Otro ejemplo es la seguridad pública, misma que competencialmente corresponde a la Secretaría respectiva, pero mediante decreto presidencial emitido con fecha del 11 de mayo del año en curso[4], las fuerzas armadas asumirán de manera temporal (5 años) las funciones de seguridad pública. Pese a que dicha estrategia ha sido reputada por organismos e inclusive sentenciada contra del estado mexicano por tribunales internacionales como una violación flagrante a los tratados internacionales suscritos por México, en los cuales se restringe que las fuerzas armadas asuman funciones civiles, en virtud de que en ejercicio de esta función es que históricamente han violentado múltiples derechos humanos de las personas.[5]
Finalmente, la joya de la corona será la reciente y polémica transmisión de la operación y administración de la aduanas y puertos a las fuerzas armadas, quienes una vez formalizada jurídicamente la promesa, es que controlarán en su totalidad las funciones de vigilancia, custodia y administración de lo que entra y sale del país, a fin de “erradicar la corrupción”, situación que evidentemente pone los focos rojos en materia de seguridad nacional; ya que si bien es cierto, la corrupción gravita especialmente en dichos lugares, el riesgo de contaminación de las fuerzas armadas con la delincuencia organizada hace aún más riesgosa esta apuesta, ojalá y nunca lo veamos, pero el poder concentrado en las fuerzas armadas del país, con facultades infinitas y luego, de contaminarse y convertirse en uno solo crimen organizado y mando militar, no habrá ley, tribunal, institución o persona que pueda enderezar un barco llamado “dictadura militar”.
[1] Artículo 10.
[2] Secretaría de la Defensa Nacional.
[3] Decreto disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5586197&fecha=11/02/2020.
[4] Decreto disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593105&fecha=11/05/2020
[5] La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentenciado a México sobre este aspecto en los casos Alvarado Espinoza y Otros vs México; Rosendo Cantú vs México; Fernández Ortega vs México; Rosendo Radilla vs México.